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Plan Auto+ para autónomos y empresas en 2026: cuánto cobras y cómo pedirlo

Un autónomo o una microempresa puede cobrar del Plan Auto+ hasta 6.000 € por un turismo eléctrico y hasta 7.500 € por una furgoneta eléctrica. El resto de empresas, hasta 4.500 € por turismo y 5.000 € por furgoneta. La línea de autónomos y empresas admite solicitudes desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 hasta el 31 de diciembre a las 14:00 o hasta que se acaben sus 50 millones de euros (42 para empresas y 8 para autónomos), por orden de llegada (Ministerio de Industria, 1 de octubre de 2026).

Actualizado: 6 de octubre de 2026

Cubre la compra, el leasing y el renting de vehículos nuevos con etiqueta CERO, también los comprados desde el 1 de enero de 2026, con un máximo de 3 vehículos por autónomo y 10 por empresa (elEconomista y Press Digital, 1 de octubre de 2026).

En 30 segundos

  • Cuánto: esas cifras son máximos. Cobras un porcentaje que depende de si el vehículo es 100 % eléctrico o enchufable, de su precio y de si se monta en la UE con batería europea. Un turismo 100 % eléctrico de hasta 35.000 € sin impuestos que figura en la Lista Blanca con montaje y batería europeos se lleva el 100 %.
  • Plazo: hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 o hasta agotar los 50 millones. No hay baremo ni sorteo: el dinero se reparte por orden de presentación de las solicitudes completas.
  • Si ya compraste: entran las compras, los leasing y los renting firmados desde el 1 de enero de 2026. Pídela ya, porque compites en la misma cola que los que compran ahora.
  • Impuestos: si el vehículo está afecto a tu actividad, no tienes la deducción del 15 % del IRPF y la ayuda tributa en principio como subvención de capital, al ritmo de la amortización (en estimación directa o en el Impuesto sobre Sociedades). En el IRPF, un turismo solo está afecto si lo usas exclusivamente para tu actividad.
  • Cómo: en la sede electrónica del Ministerio de Industria (apartado Programa Auto+), tú mismo o a través de una gestoría, el concesionario o la empresa de renting, con tu autorización.

Cuánto da el Plan Auto+ a autónomos y empresas

La línea 2 del Programa Auto+ fija un máximo por vehículo según quién lo compra y qué tipo de vehículo es:

Vehículo nuevo con etiqueta CEROAutónomo o microempresaPyme o gran empresa
Turismo (M1): eléctrico, de hidrógeno, enchufable o de autonomía extendidahasta 6.000 €hasta 4.500 €
Furgoneta ligera (N1, hasta 3.500 kg)hasta 7.500 €hasta 5.000 €
Cuadriciclo eléctricohasta 1.500 €

Cuantías máximas de la línea 2 en 2026 según ESMARTCITY (2 de octubre de 2026), Conecta Industria (23 de julio de 2026) y Somos Eléctricos (28 de septiembre de 2026). Para comparar: un particular cobra como máximo 4.500 € por un turismo. Los titulares que hablan de «hasta 4.500 €» se refieren al turismo de una empresa que no es microempresa.

Qué es una microempresa. La que tiene menos de 10 personas empleadas y un volumen de negocio anual o un balance general que no pasa de 2 millones de euros. Es la definición de la Unión Europea (Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003), a la que remite la convocatoria. Si tu empresa tiene 10 o más empleados o supera ese tamaño, tu máximo es el de la columna de la derecha. Las fuentes dan a los autónomos (personas físicas con actividad económica) el mismo máximo que a las microempresas: 6.000 € o 7.500 €.

Cómo se calcula tu porcentaje, con ejemplos

La ayuda es un porcentaje de ese máximo. El porcentaje suma tres criterios y no puede pasar del 100 %:

CriterioCondición% del máximo
Eléctrico100 % eléctrico o de hidrógeno50 %
Híbrido enchufable o de autonomía extendida25 %
EconómicoTurismo de hasta 35.000 € sin impuestos25 %
Turismo de 35.000 a 45.000 € sin impuestos15 %
Furgoneta N1, sea cual sea su precio25 %
EuropeoMontaje final en la UE+15 %
Batería que cumple el criterio europeo (Lista Blanca)+10 %

Criterios según Conecta Industria (23 de julio de 2026), el documento de preguntas y respuestas del Ministerio de Industria sobre el Plan Auto+ y Autonomía Coches Eléctricos (octubre de 2026). Según Conecta Industria y Autonomía Coches Eléctricos, las furgonetas N1 reciben siempre el 25 % del criterio económico, sea cual sea su precio.

Con esos criterios, así queda la ayuda en cuatro casos típicos:

CasoPorcentajeAutónomo o microempresaPyme o gran empresa
Turismo 100 % eléctrico de 30.000 € sin impuestos, montado en la UE y con batería europea (Lista Blanca)50 + 25 + 15 + 10 = 100 %6.000 €4.500 €
El mismo turismo de 30.000 €, montado fuera de la UE50 + 25 = 75 %4.500 €3.375 €
Furgoneta 100 % eléctrica montada fuera de la UE, en compra o en renting a 4 años50 + 25 = 75 %5.625 €3.750 €
Turismo híbrido enchufable de 40.000 € sin impuestos, montado fuera de la UE25 + 15 = 40 %2.400 €1.800 €

Cálculo propio con los máximos y los criterios de arriba (ver metodología). La cuantía definitiva la fija el Ministerio al resolver la solicitud.

  • Autónomo que compra un eléctrico de 30.000 € con montaje y batería europeos (Lista Blanca): suma todos los criterios y cobra el 100 % de 6.000 €. Si el mismo coche lo compra una pyme de 25 empleados, cobra 4.500 €.
  • Pyme que hace un renting a 4 años de una furgoneta eléctrica montada fuera de la UE: 50 % por ser eléctrica y 25 % por ser N1, el 75 % de 5.000 €: 3.750 €. Si fuera una microempresa, 5.625 €. Si la furgoneta se montara en la UE con batería europea, llegaría al 100 % (5.000 € o 7.500 €).
  • Híbrido enchufable de 40.000 € fabricado fuera de la UE: solo el 40 %: 2.400 € para un autónomo y 1.800 € para una empresa que no es micro. Por debajo de 35.000 € subiría al 50 % (3.000 € o 2.250 €).

La Lista Blanca es la relación oficial que publica Industria con los modelos que cumplen el criterio europeo: indica si cada versión tiene montaje final en la UE y si su batería cuenta como europea. Solo con las dos cosas se llega al 100 % de la ayuda. Según Carwow y Motor16 (2026), incluía más de 130 modelos de 28 marcas, con una lista aparte para furgonetas, y se amplía cuando los fabricantes aportan datos. Pide al concesionario que te confirme, antes de firmar, que tu versión figura en ella y con qué criterios. Si buscas turismo, mira los eléctricos de menos de 35.000 € con la ayuda máxima.

Calcula tu ayuda en el simulador →

En el simulador de ayudas elige «Autónomo o microempresa» u «Otra empresa» en «Compras como». Calcula turismos; para una furgoneta usa la tabla de arriba.

Requisitos para pedir el Auto+ como autónomo o empresa

  • Quién: empresas privadas con personalidad jurídica propia (microempresas, pymes y grandes empresas) y autónomos, es decir, personas físicas con actividad económica. En los dos casos, dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria o en el censo foral equivalente.
  • Al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social: la guía oficial de documentación pide los dos certificados.
  • Vehículo nuevo con etiqueta CERO: turismo, furgoneta ligera o cuadriciclo. No hace falta achatarrar otro vehículo, y hacerlo no da más ayuda.
  • Precio: un turismo no puede costar más de 45.000 € sin impuestos. Las furgonetas N1 no tienen límite de precio, según Autonomía Coches Eléctricos y Cuerva Energía.
  • Límite de vehículos: hasta 3 por autónomo y hasta 10 por empresa.
  • Fechas: compra, contrato de leasing o de renting desde el 1 de enero de 2026.
  • Ayudas de minimis: la línea 2 se concede como ayuda de minimis (Reglamento UE 2023/2831). Una empresa no puede recibir más de 300.000 € de este tipo de ayudas en tres años, y por eso hay que firmar una declaración de las que ya has recibido.
  • Quedarte el vehículo: hay que mantener la titularidad y la matrícula en España al menos 2 años desde la concesión. Solo se libra la baja por robo, accidente o avería irreparable, la sustitución por un defecto grave de fabricación o el fallecimiento (artículo 10 del Real Decreto 609/2026).

¿El Auto+ cubre el renting y el leasing de autónomos y empresas?

Sí. La línea 2 cubre la compra, el leasing financiero y el renting de vehículos nuevos con etiqueta CERO. Es la gran diferencia con la línea de particulares, que no admite el renting. Si estás pensando en un renting, en la guía de renting de coche eléctrico tienes las cuotas y cuándo compensa frente a comprar.

Con leasing o renting, antes de firmar pregunta a la compañía quién presenta la solicitud, a nombre de quién va la ayuda y cómo se refleja en la cuota, y pide que lo pongan por escrito. Guarda también el contrato: es razonable que te lo pidan para justificar la operación.

Plazo, presupuesto y qué pasa si se acaba el dinero

  • Plazo: desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 (hora peninsular) hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, o hasta que se agote el presupuesto (nota del Ministerio de Industria del 1 de octubre de 2026).
  • Presupuesto: 50 millones de euros, 42 para empresas y 8 para autónomos. Con los 350 millones de particulares, el Auto+ suma 400 millones en 2026.
  • Reparto: por orden de presentación de las solicitudes completas, sin baremo ni sorteo. Cuando se compromete todo el dinero, las solicitudes nuevas pasan a una lista de reserva que solo avanza si otras renuncian o desisten.
  • Elecciones: la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre, anunciada el 5 de octubre de 2026 (La Moncloa), no cierra esta línea. El Programa Auto+ está regulado por el Real Decreto 609/2026, que sigue en vigor, así que la convocatoria de 2026 sigue abierta con los mismos plazos. Lo que pase con las ayudas de 2027 dependerá del próximo Gobierno (Carwow, octubre de 2026).

Como cuenta el orden de llegada, las compras hechas entre enero y septiembre compiten en la misma cola que las de ahora: si compraste desde enero, pídela ya. Además, hay medios que dudan de que el dinero alcance. Autofácil, que cruza las matriculaciones de 2026 con la fórmula y la Lista Blanca, calcula que en la línea 2 «las cuentas no salen», y Autonomía Coches Eléctricos estima que la bolsa de empresas no daría ni para lo ya comprado desde enero. Son estimaciones de esos medios, no datos oficiales: el Ministerio no ha publicado cuántas solicitudes ha recibido la línea 2.

La base legal es el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, que regula el Programa Auto+, y la orden de convocatoria de la línea 2, cuyo extracto publicó el BOE el 24 de septiembre de 2026 (BOE-B-2026-30841).

Cómo pedir el Auto+ como autónomo o empresa, paso a paso

  1. Calcula tu ayuda con la tabla de arriba o el simulador, y confirma con el concesionario si tu versión está en la Lista Blanca.
  2. Compra o firma el leasing o el renting y matricula el vehículo. Necesitas la ficha técnica (tarjeta ITV) y el permiso de circulación definitivos.
  3. Reúne los documentos de la lista de abajo en PDF, de 10 MB como máximo por archivo.
  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo, apartado Programa Auto+. Ten a mano una identificación electrónica, normalmente el certificado digital de la empresa o del autónomo.
  5. Si lo hace otro por ti (gestoría, concesionario o empresa de renting), firma el documento de representación que da el propio portal. No des por hecho que el concesionario lo tramita de oficio, como suele pasar con los particulares: pregúntalo.
  6. Revisa que la solicitud está completa. El orden de llegada cuenta con las solicitudes completas, así que un papel que falta te puede costar puestos en la cola.

El proceso de los particulares, que lo suele tramitar el concesionario, está en cómo pedir el Plan Auto+ paso a paso.

Documentos que necesitas

DocumentoAutónomoSociedad
Factura del vehículoSíSí
Ficha técnica (tarjeta ITV) y permiso de circulación definitivosSíSí
Certificado bancario con el IBAN de la cuentaSíSí
Certificado de situación censal de la Agencia TributariaSíSí
Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad SocialSíSí
Declaración de ayudas de minimisSíSí
Poder o certificado del Registro Mercantil de quien firmaNoSí
Contrato de leasing o de rentingRecomendable si es leasing o rentingRecomendable si es leasing o renting
Documento de representación del portalSi la presenta otroSi la presenta otro

Según la Guía de Documentación del Programa Auto+ (versión 10) del Ministerio de Industria, las preguntas frecuentes del portal de ayudas y Andalucía Información (5 de octubre de 2026). No hemos encontrado el contrato de leasing o de renting entre los documentos obligatorios, pero conviene adjuntarlo. Comprueba la lista en el portal antes de presentar: la guía oficial se actualiza.

Impuestos: IRPF, IVA y amortización

Casi todo lo que se publica sobre ayudas está pensado para particulares, y en impuestos un autónomo o una empresa sigue otras reglas:

  • Primero, comprueba si el vehículo está afecto. En el IRPF, un turismo solo está afecto a la actividad si lo usas exclusivamente para ella; si también lo usas para tus asuntos personales, no puedes amortizarlo. Solo se admite un uso privado ocasional, en días u horas en que no trabajas, en las furgonetas de carga y en casos tasados: vehículos mixtos para transportar mercancías, transporte de viajeros, autoescuelas, representantes o agentes comerciales y alquiler de vehículos (artículo 22.4 del Reglamento del IRPF). La presunción del 50 % es solo del IVA.
  • La deducción del 15 % del IRPF no es para el vehículo del negocio. La deducción por comprar un eléctrico nuevo en 2026 (15 % sobre un máximo de 20.000 €, hasta 3.000 €, Real Decreto-ley 7/2026) no se aplica si el vehículo está afecto a una actividad económica. Y el 15 % del punto de recarga (base máxima de 4.000 €) está reservado a los sistemas de recarga de vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica (Agencia Tributaria, 23 de marzo de 2026).
  • La ayuda se reparte en el tiempo. Si el vehículo está afecto y tributas en estimación directa o por el Impuesto sobre Sociedades, el Auto+ es una subvención de capital: se imputa como ingreso al mismo ritmo que amortizas el vehículo, no de golpe el año en que la cobras. Si tributas por módulos (estimación objetiva), consulta a tu asesor cómo se declara. Un particular, en cambio, la declara como ganancia patrimonial el año del cobro.
  • IVA: en un turismo, la ley del IVA presume que se usa al 50 % para la actividad, así que en principio te deduces la mitad del IVA. Presume el 100 % en usos tasados como los vehículos mixtos que transportan mercancías, el transporte de viajeros, las autoescuelas, los representantes o agentes comerciales y la vigilancia (artículo 95.Tres de la Ley 37/1992 del IVA).
  • Libertad de amortización: los vehículos nuevos (no los usados) eléctricos, de pila de combustible, de autonomía extendida e híbridos enchufables afectos a una actividad pueden amortizarse libremente. El Real Decreto-ley 7/2026 prorrogó este incentivo a los que entren en funcionamiento en periodos impositivos que empiecen en 2026. Cómo encaja con la imputación de la ayuda depende de tu contabilidad.

Cada caso depende de cómo tributes y del uso real del vehículo: consúltalo con tu asesor antes de decidir entre compra, leasing o renting.

Línea 1 o línea 2: diferencias

En 2026Particulares (línea 1)Autónomos y empresas (línea 2)
Máximo por turismo4.500 €6.000 € autónomos y microempresas; 4.500 € el resto
Máximo por furgoneta N1-7.500 € autónomos y microempresas; 5.000 € el resto
RentingNoSí, también el leasing
Número de vehículos-Hasta 3 por autónomo y 10 por empresa
PlazoHasta el 15 de octubre, ampliable al 31 de diciembre si queda dineroDel 1 de octubre (10:00) al 31 de diciembre (14:00) o hasta agotar fondos
Dinero350 millones; a mediados de septiembre ya se había comprometido cerca de la mitad50 millones: 42 para empresas y 8 para autónomos
Quién la tramitaNormalmente el concesionarioTú o un representante autorizado
Deducción del 15 % del IRPFSí, hasta 3.000 €No, si el vehículo está afecto a la actividad
Cómo tributa la ayudaGanancia patrimonial el año del cobroEn principio, subvención de capital al ritmo de la amortización (estimación directa o Sociedades)
Mantener el vehículo2 años2 años

Situación a 5 de octubre de 2026. «-»: no aplica o no lo recoge esta guía. Datos de la línea 1 publicados en ayudas al coche eléctrico 2026, con La Tribuna de Automoción (septiembre de 2026) como fuente del dinero comprometido.

Errores frecuentes

  1. Esperar a fin de año. El plazo llega hasta el 31 de diciembre, pero el dinero va por orden de llegada y puede acabarse antes.
  2. Creer que el máximo es 4.500 €. Es el de una empresa que no es microempresa. Un autónomo o una microempresa llega a 6.000 € por turismo y 7.500 € por furgoneta.
  3. Contar con la deducción del 15 % del IRPF para el coche o la furgoneta del negocio: no se aplica si están afectos a la actividad.
  4. Presentar la solicitud incompleta o con archivos de más de 10 MB. Solo cuentan en la cola las solicitudes completas.
  5. Pasarse de 45.000 € sin impuestos en un turismo: pierdes toda la ayuda, no solo una parte.
  6. No revisar las ayudas de minimis que ya has recibido: el tope es de 300.000 € en tres años.
  7. Vender o dar de baja el vehículo antes de 2 años fuera de los casos permitidos.
  8. Pedir dos ayudas por el mismo vehículo sin mirar si son compatibles. Antes de pedir también la de tu comunidad o tu ayuntamiento, comprueba la compatibilidad en las bases de las dos.

Lo que aún no está claro

Hay puntos que las fuentes públicas no aclaran o en los que se contradicen. Hasta que lo confirmen la orden de convocatoria o el Ministerio, conviene no darlos por hechos:

  • Tramo reforzado: las bases prevén un tramo reforzado para algunos autónomos y microempresas. La convocatoria abierta el 1 de octubre no lo menciona.
  • Duración mínima del renting o el leasing: en el sector de renting se habla de contratos de al menos tres años, pero no lo hemos visto confirmado en la orden de la línea 2. Tampoco está claro quién es el beneficiario en un renting: la empresa de renting o quien alquila el vehículo.
  • Descuento del vendedor: para particulares, la factura debe llevar un descuento de al menos 1.000 €. No hemos encontrado confirmación de que se exija lo mismo en la línea 2.
  • Compatibilidad con ayudas autonómicas o municipales: las fuentes se contradicen.
  • Motos: no hay una cifra confirmada por dos fuentes fiables.
  • Cuándo se cobra: no hay datos publicados sobre los plazos de resolución y pago de la línea 2.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto da el Plan Auto+ a un autónomo por un coche eléctrico?

Hasta 6.000 € por un turismo y hasta 7.500 € por una furgoneta. Cobras el 100 % si el turismo es 100 % eléctrico, cuesta como mucho 35.000 € sin impuestos y figura en la Lista Blanca con montaje en la UE y batería europea. Un eléctrico de 30.000 € sin impuestos montado fuera de la UE se queda en el 75 %: 4.500 €.

¿Cuánto da el Plan Auto+ a una empresa?

Si es microempresa (menos de 10 empleados y un volumen de negocio o un balance de hasta 2 millones de euros), lo mismo que a un autónomo: 6.000 € por turismo y 7.500 € por furgoneta. Si es una pyme mayor o una gran empresa, hasta 4.500 € por turismo y 5.000 € por furgoneta, para un máximo de 10 vehículos.

¿Hasta cuándo se puede pedir el Plan Auto+ para autónomos y empresas?

Desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, o hasta que se agoten sus 50 millones de euros: 42 para empresas y 8 para autónomos. Va por orden de presentación de las solicitudes completas; si se acaba el dinero, las nuevas pasan a una lista de reserva.

¿El Plan Auto+ cubre el renting y el leasing de autónomos y empresas?

Sí. La línea 2 cubre la compra, el leasing financiero y el renting de vehículos nuevos con etiqueta CERO, a diferencia de la línea de particulares. Antes de firmar, pregunta a la compañía quién presenta la solicitud y cómo se refleja la ayuda en la cuota.

Compré el coche en marzo de 2026: ¿puedo pedir el Auto+ como autónomo?

Sí. Entran los vehículos comprados, o con contrato de leasing o renting, desde el 1 de enero de 2026, aunque la solicitud se abriera el 1 de octubre. Pídela cuanto antes: compites en la misma cola que quien compra ahora.

¿Puedo aplicar la deducción del 15 % del IRPF siendo autónomo?

No, si el vehículo está afecto a tu actividad: la deducción del 15 % por comprar un eléctrico (hasta 3.000 €) y la del punto de recarga no se aplican a bienes afectos. En el IRPF, un turismo solo está afecto si lo usas exclusivamente para la actividad. Si está afecto y tributas en estimación directa, la ayuda del Auto+ tributa como subvención de capital, al ritmo de la amortización. En el IVA de un turismo te deduces en principio el 50 %.

¿Hay ayuda del Auto+ para un híbrido enchufable de empresa?

Sí, menor. Un enchufable suma el 25 % del criterio eléctrico en vez del 50 %. Un enchufable de 40.000 € sin impuestos montado fuera de la UE se queda en el 40 %: 2.400 € para un autónomo o una microempresa y 1.800 € para otra empresa.

¿Hay que achatarrar un coche viejo para cobrar el Auto+?

No. El Programa Auto+ no exige dar de baja otro vehículo ni paga más por hacerlo. Lo que sí exige es mantener el vehículo nuevo y su matrícula en España al menos 2 años.

¿Afectan las elecciones del 29 de noviembre al Plan Auto+ para autónomos y empresas?

No a la convocatoria de 2026. La línea 2 sigue abierta hasta el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 o hasta que se agoten sus 50 millones, porque el Programa Auto+ está regulado por el Real Decreto 609/2026, que sigue en vigor aunque se hayan convocado elecciones generales para el 29 de noviembre. Lo que pase con las ayudas de 2027 dependerá del próximo Gobierno.

Fuentes

  • Ministerio de Industria y Turismo · Industria abre la ventanilla de la segunda línea del Auto+ para autónomos y empresas (nota de prensa, 1 de octubre de 2026)
  • Infobae (Europa Press) · Autónomos y empresas pueden solicitar ya las ayudas del Auto+ (1 de octubre de 2026)
  • elEconomista · Industria abre la ventanilla de la segunda línea del Plan Auto+, dotada con 50 millones (1 de octubre de 2026)
  • El Español · Industria abrirá el 1 de octubre el Plan Auto+ para autónomos y empresas (24 de septiembre de 2026)
  • ESMARTCITY · Abierto el plazo del Programa Auto+ para autónomos y empresas (2 de octubre de 2026)
  • Somos Eléctricos · Plan Auto+ para autónomos y empresas: hasta 7.500 € desde el 1 de octubre (28 de septiembre de 2026)
  • Conecta Industria · Ayudas Auto+: cómo calcular cuánto cobrará una empresa por cada vehículo (23 de julio de 2026)
  • Autonomía Coches Eléctricos · Plan Auto+, línea 2 para autónomos y empresas (octubre de 2026)
  • BOE · Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, que regula el Programa Auto+ (23 de julio de 2026)
  • BOE · Extracto de la orden de convocatoria de la línea 2 del Programa Auto+, BOE-B-2026-30841 (24 de septiembre de 2026)
  • Iberley · Artículo 10 del Real Decreto 609/2026: obligaciones de los beneficiarios (2026)
  • Ministerio de Industria y Turismo · Preguntas y respuestas sobre el Plan Auto+ (2026)
  • Portal de Ayudas del Ministerio de Industria · Programa Auto+: preguntas frecuentes (consultado en octubre de 2026)
  • Ministerio de Industria y Turismo · Guía de Documentación del Programa Auto+, versión 10 (2026)
  • Telemadrid · Ya se pueden solicitar las ayudas del Auto+: cómo pedirlas, plazos y requisitos (1 de octubre de 2026)
  • Andalucía Información · 7.500 euros para autónomos: la ayuda para vehículos eléctricos que se puede solicitar (5 de octubre de 2026)
  • Motor16 · Plan Auto+: solicitudes de autónomos y empresas (1 de octubre de 2026)
  • Press Digital · Industria abre las solicitudes del Plan Auto+ para empresas y autónomos (1 de octubre de 2026)
  • Autónomos y Emprendedor · Abiertas las ayudas para autónomos que compraron un coche eléctrico desde enero (1 de octubre de 2026)
  • Autofácil · Plan Auto+: cuánto dura el presupuesto (2026)
  • La Tribuna de Automoción · El Plan Auto+ consume casi un 50 % del presupuesto (septiembre de 2026)
  • La Moncloa · Pedro Sánchez anuncia la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre (5 de octubre de 2026)
  • Carwow · Elecciones el 29-N: qué pasa ahora con el Plan Auto+ (octubre de 2026)
  • Carwow · Lista Blanca del Plan Auto+: modelos con la ayuda máxima (2026)
  • Motor16 · Lista Blanca del Plan Auto+ para furgonetas eléctricas (2026)
  • Carwow · Plan Auto+: ayudas a los coches eléctricos (2026)
  • Cuerva Energía · Programa Auto+ para empresas (2026)
  • NoSoloMotor · Plan Auto+: 7.500 € para autónomos desde el 1 de octubre (28 de septiembre de 2026)
  • Fleet People · La línea 2 del Plan Auto+, para renting, empresas y autónomos, admite solicitudes desde el 1 de octubre (2026)
  • EUR-Lex · Recomendación 2003/361/CE de la Comisión sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (6 de mayo de 2003)
  • DOUE · Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, relativo a las ayudas de minimis (15 de diciembre de 2023)
  • Agencia Tributaria · Medidas del Real Decreto-ley 7/2026: prórroga de la deducción por vehículo eléctrico y punto de recarga (23 de marzo de 2026)
  • Agencia Tributaria · Boletín informativo sobre el Real Decreto-ley 7/2026: libertad de amortización de vehículos eléctricos (marzo de 2026)
  • BOE · Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículo 95: deducción del IVA de los vehículos (texto consolidado)
  • BOE · Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF, artículo 22: elementos afectos a la actividad (texto consolidado)
  • Infoautónomos · Cómo deducir los gastos de un coche siendo autónomo (2026)
  • Fiscal-Impuestos (CEF) · Adquisición de un vehículo eléctrico: ayudas e incentivos fiscales en IRPF e IS (2026)
  • Infoautónomos · Cómo declarar las ayudas en la renta siendo autónomo (2026)
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